Este tipo de demandas exige
cumplir una serie de requisitos especiales, por lo que su elaboración no es
sencilla; sin embargo, el presente modelo puede aliviar esta tarea. Es
importante recordar que nuestra Constitución reconoce el derecho inviolable a
la propiedad, por lo que se justifica que este tipo de procesos implique varios
requisitos especiales. No está demás advertir que este trámite también se puede
realizar a través de Notario Público, sino entraña ninguna complejidad y
controversia, espero les sirva. Este atento a las referencias legislativas para
verificar el por qué se toman en cuenta determinados puntos en esta demanda.
(AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo
de prescripción adquisitiva de propiedad
SECRETARIO :
EXPEDIENTE :
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : 01-2013
SUMILLA : DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA
SEÑOR
JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL
LUISA
SUAÑA CONDORI,
con DNI 29334050, con domicilio real en calle Rímac, Mz. X-1, Lote 05,
Pedregal, distrito de Majes, Caylloma, Arequipa, señalando domicilio procesal
en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.-
COMPETENCIA
La conclusión arribada
respecto del Tema 1 sobre “Competencia de los jueces de paz letrado en materia
civil y/o comercial” en el documento “Conclusiones del Pleno Jurisdiccional
Distrital de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de
Lima”, establece lo siguiente: “Los procesos de prescripción adquisitiva de
dominio (…) no pueden ser conocidos por los Jueces de Paz Letrado, ya que de
conformidad con el artículo 5 del Código Procesal Civil, dichas materias deben
ser conocidas por los Jueces Especializados.” Razón por la cual la presente
demanda se interpone ante un Juez especializado civil.
II.-
DEMANDADO Y DIRECCIÓN
Como parte material del
presente proceso, la AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES (AUTODEMA), debidamente
representado por su Gerente General (…), a quien se le deberá de notificar en Av. La Marina
E-8, distrito de Cayma, Arequipa.
III.-
EMPLAZADOS Y DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓN
Como emplazados, indicamos a
los ocupantes de los bienes inmuebles colindantes[1] a
las siguientes personas:
a.- (…), con lugar de
notificación en (…)
b.- (…), con lugar de
notificación en (…)
IV.-
PETITORIO
Como pretensión principal, solicito
se me declare propietaria del bien inmueble ubicado en la calle Rímac, manzana
X-1, Lote 5, Pedregal, distrito de Majes, provincia de Caylloma, Departamento
de Arequipa, P06113931, Registros públicos por haber operado la prescripción
adquisitiva de dominio.
Como pretensión
accesoria, solicito se disponga la inscripción de la propiedad en los Registros
Públicos de Arequipa y la cancelación del asiento registral respecto del
anterior propietario (AUTODEMA). [2]
1.- Tiempo
de posesión del demandante : 23 años
con tres (3) meses.
2.- Fecha de
adquisición :
03-03-1990
3.- Forma de
adquisición :
Minuta de Contrato de compraventa.
4.- Persona
que tiene inscritos derechos sobre el bien: AUTODEMA
VI.-
FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- La AUTORIDAD AUTÓNOMA DE
MAJES (AUTODEMA) tiene inscritos en Registros Públicos derechos de propiedad
sobre la HABILITACIÓN URBANA CENTRO POBLADO DE SERVICIOS BÁSICOS EL PEDREGAL
MZ. X-1, LOTE 5, Partida Registral PO6113931
2.- Es del caso que el tres
(3) de marzo de 1990, por Minuta de Compra venta de terreno urbano, el Sr.
GABINO AGRAMONTE MIRANDA transfiere en venta real y enajenación perpetua, a
favor de la demandante el bien inmueble de un terreno urbano de su propiedad
sito en la irrigación de Majes sector del Pedregal ubicado en la Manzana XI,
Lote 05, este terreno fue adjudicado a este vendedor por AUTODEMA, siendo que
en registros públicos sigue figurando como propietario AUTODEMA.
3.- En dicho contrato de compraventa, quinta
cláusula, se indica que “el vendedor continuará las gestiones de su registro
legal u otra causa”, esto no pudo ser debido al fallecimiento del vendedor Sr.
GABINO AGRAMONTE MIRANDA.
4.- Asimismo, la demandante
ha venido ostentando la posesión desde el 03 de marzo de 1990, habiendo
realizado a la fecha construcciones sobre el bien inmueble adquirido, por lo
que desde marzo de 1990 hasta la actualidad han transcurrido más de diez años
de posesión.
VII.-
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Como fundamento de derecho
indico el artículo 950 del Código Civil que indica “La propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la
posesión continua, pacífica y pública como propietario durante diez años.”
En el presente caso mi
posesión ha sido:
a.- Continua, por más de 23
años ininterrumpidos
b.- Pacífica, no existe ninguna
acción antijurídica.
c.- Pública, los testigos que
se ofrecen dan fe de esta situación.
VIII.-
VIA PROCEDIMENTAL
Conforme al art. 504 del TUO
del CPC se establece que “Se tramita como
proceso abreviado la demanda
que formula: (…) 2.- El poseedor par que se le declare propietario por
prescripción.” Dentro de este contexto, a la presente demanda le
corresponde la vía del proceso abreviado.
IX.-
MONTO DEL PETITORIO
No es cuantificable en dinero
debido a la naturaleza de la pretensión.
X.-
MEDIOS PROBATORIOS.
A.-
Medios probatorios sobre la descripción del bien inmueble[4].
1.- Planos de ubicación y perímetros
con descripción de edificaciones debidamente suscritos por el profesional
competente y visados por la autoridad municipal, con lo que acreditaremos la
existencia del bien inmueble en la actualidad.
2.- Constancia de posesión
emitida por el Juez de Paz que acredita la posesión constante del bien.
B.-
Medios de prueba sobre la inscripción del inmueble[5]
3.- Copia literal de los
asientos respectivos de los últimos diez años por tratarse de bien inmueble
urbano, para acreditar quien es el actual propietario del bien según Registros
Públicos.
C.-
Medios de prueba testimoniales (no menos de tres ni más de seis personas y
mayores de 25 años)[6]
4.- La Declaración en la
calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección para citación en
(…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública, conforme al
pliego cerrado que se adjunta.
5.- La Declaración en la
calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección para citación en
(…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública, conforme al
pliego cerrado que se adjunta.
6.- La Declaración en la
calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección para citación en
(…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública, conforme al
pliego cerrado que se adjunta.
D.-
Medios de prueba adicionales.
7.- La Inspección judicial de
la bien inmueble materia de prescripción, para acreditar a través de los
sentidos del ejercicio de propiedad.
8.- Fotografías actuales del
bien inmueble que acreditan el estado actual de la propiedad.
9.- Copia certificada de
Documento de Compra venta de terreno urbano de 03 de marzo de 1990, con lo que
acreditamos la causa que motivó la posesión del bien inmueble por más de 23
años.
10.- Copia certificada de
Recibos de Agua y Luz por el periodo de posesión.
11.- Copia certificada de documentos de pago de
IMPUESTO AL VALOR DEL PATRIMONIO PREDIAL.
XI.-
ANEXOS
1-A Copia de mi Documento Nacional
de Identidad.
1-B Planos de ubicación y perímetros debidamente
suscritos por el profesional competente y visados por la autoridad municipal
con descripción de edificaciones, con lo que acreditaremos la existencia del
bien inmueble en la actualidad.
1-C Constancia de posesión
emitida por el Juez de Paz.
1-D Copia literal de los
asientos respectivos de los últimos diez años por tratarse de bien inmueble
urbano
1-E Pliegos cerrados para las
preguntas a los testigos
1-F Fotografías actuales del
bien inmueble.
1-G Copia certificada de
Documento de Compra venta de terreno urbano de 03 de marzo de 1990
1-H Copia certificada de
Recibos de Agua y Luz por el periodo de posesión.
1-I Copia certificada de documentos de pago de
IMPUESTO AL VALOR DEL PATRIMONIO PREDIAL (AUTOVALUO).
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite
la presente demanda.
PRIMER
OTROSI.- Conforme
a lo dispuesto en el artículo 506 del TUO del CPC, solicito que admitida la
demanda, se disponga que el extracto del auto admisorio se publique por tres
veces, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código Procesal
Civil.
Arequipa,
06 de junio de 2013.
[1] Estos
emplazados, lo hacemos en mérito a lo indicado en la parte final del inciso 1
del artículo 505 y artículo 506 del TUO del Código Procesal Civil, que respecto
de la prescripción adquisitiva de dominio, hacen referencia a la notificación a
los “propietarios u ocupantes de los bienes colindantes”, para lo cual se pide
nombre y lugar.
[2] Este petitorio
se ha realizado tomando en cuenta lo dispuesto en el artículo 952 del Código
Civil que establece “Quien adquiere un bien por prescripción puede entablar
juicio para que se le declare propietario. La sentencia que accede a la
petición es título para la inscripción de la propiedad en el registro
respectivo y para cancelar el asiento a favor del antiguo dueño.”
[3] Estos datos generales son los previstos en el inciso
1 del artículo 505 del CPC, sin tener en cuenta a los colindantes que ya se
indicaron en el apartado emplazados
[4] Estos medios de prueba
constituyen requisitos especiales de la demanda de prescripción conforme al
artículo 505, inciso 2, del TUO del Código Procesal Civil.
[5]Estos medios de prueba
constituyen requisitos especiales de la demanda de prescripción conforme al
artículo 505, inciso 3, del TUO del Código Procesal Civil.
[6]
Estos medios de prueba constituyen requisitos especiales de la demanda de
prescripción conforme al artículo 505, inciso 4, del TUO del Código Procesal
Civil.
felicitaciones es un exelente ejemplo
ResponderEliminarMuy bien en hacer cultura judicial:
ResponderEliminarGracias por tu comentario seguiremos trabajando
EliminarFelicitaciones Dr. Pacori por su incansable ayuda jurídica, Díos bendiga su salud y le conceda éxitos, lo saludamos de la localidad de Pariachi, Ate Lima.
EliminarPido una opinión: El Juez me otorgó la sentencia de propietario judicial por prescripción adquisitiva. Al tratar de obtener mi propiedad en los registros públicos, resulta que mi propiedad no está registrada en los registros. Qué hacer en este caso. Agradecere su valiosa opinión
ResponderEliminarEn principio, explica esta situación al Juez a través de un escrito, en el entendido si tu sentencia indica que necesariamente se debe de inscribir tu derecho en registros públicos, esto no puede ser dejado sin efecto por ningún funcionario, conforme al art. 4 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, si esto no es posible, aunque te sugiero que lo hagas para ahorrar, tiempo pide una incripción de primera de dominio y en última instancia haz una demanda de título supletorio
EliminarFelicitaciones por su blog.
ResponderEliminarConsulta mi padre falleció hace 10 años aprox. dejo un testamento dando como herencia un terreno(no registrado ante registro publico), dejando como beneficiarios a sus 3 hijos, pero que entraria sorteo la division en partes iguales del terreno, pero cuando el ultimo de mi hermano cumpla 18 años(aun no cumple).
Sin embargo:
Mi madre ha hecho una PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO en su nombre.
Que significa eso?. Existe riesgo de perder nuestra herencia?
La prescripción adquisitva de dominio implica que la persona beneficiaria adquiere por una sentencia judicial la propiedad de un bien inmueble, por lo que es aplicable el principio de que la propiedad es inviolable. Si esto es así, los herederos pierden la herencia y la propiedad, por lo que deben de impugnar el proceso de prescripción
EliminarBuenas tardes, para este tipo de proceso se necesita un "Plano y memoria descriptiva"??? .. Los arquitectos me están pidiendo alrededor de 3000 a 4000 soles por este tipo de trabajo, me pregunto si es necesario, ya que en este ejemplo en "ANEXOS" no vi este tipo de plano especificado!
ResponderEliminarPrimero, te sugiero recurrir al Colegio de Aruitectos de tu localidad para preguntar si se puede hacer estos a menores precios. Ahora, el artíuclo 505, inciso 2 del Código Procesal Civil establece "En caso de inmueble se acompañará: plaos de ubicación y perimétricos, así como descripción de las edificciones (...)" De esto te puedo decir que el plano y memoria descripción es lo mismo que estos documentos. Debe también haber convenios para obtener estos documentos a menor precio enel entendido que las asociaciones de vivienda en su mayoría solo tiene la posesión del bien y requieren de este proceso paa lograr la propiedad
EliminarUn cordial saludo de tu buen Vecino
José María Pacori Cari
yo cobro 1,200
Eliminaryo cobro 1,200
EliminarTE FELICITO POR TU BLOG
ResponderEliminarTENGO UNA CONSULTA QUE SE PUEDE HACER SI UNA PERSONA COMPRA UN TERRENO A TRAVÉS DE UN CONTRATO DE COMPRA VENTA PRIVADO FIRMADO ANTE UN JUEZ DE PAS EN CUYA PRESENCIA SE FIRMA Y SE CANCELA LO PACTADO. CUANDO SE QUISO REGISTRAR A NOMBRE DEL COMPRADOR SE DESCONOCÍA EL DOMICILIO DE LOS VENDEDORES POR LO CUAL NO SE REGISTRO AL NUEVO PROPIETARIO. PERO EN LOS RECIBOS DE SERVICIO DE AGUA , DESAGUE, LUZ, Y EN LA MUNICIPALIDAD APARECE COMO CONTRIBUYENTE, EL PROBLEMA ES QUE LOS VENDEDORES HOY QUIEREN DESCONOCER LA ENAGENACION DEL PREDIO PORQUE EN REGISTROS PÚBLICOS APARECEN COMO PROPIETARIOS PIDIENDO A LA MUNICIPALIDAD LOS REGISTRE COMO DUEÑOS AUN FIGURANDO LA PERSONA COMO CONTRIBUYENTE Y PROPIETARIO ACTUAL, DEBO MENCIONAR QUE SE TRATA DE UN PREDIO DE UN AA.HH.
LA PREGUNTA ES CUALES SON LAS ACCIONES QUE SE TIENE QUE TOMAR Y CUAL ES LA QUE RECOMIENDAS?
La primera idea que se me viene es presentar esta demanda de prescripción adquisitiva de dominio, sin embargo, la demanda ideal para este caso es una demanda de título supletorio, la cual la presente el propietario que no cuenta con documentos idóneos para ser considerado propietario, razón por la cual pide que el juez de otorgue un título que suple al título que ya tiene. Interpuesta esta demanda de título supletorio, interpón una medida cautelar de embargo en forma de inscripción de la demanda que hara que el juez coloque una resolución en registros haciendo saber que existe un litigio sobre el mismo en registros. Espero que me alcance el tiempo para subir el modelo de demanda de título supletorio. Hasta pronto. Disculpa la demora en la respuesta, es que tengo mucho trabajo.
EliminarExcelente
ResponderEliminarMuchas gracias por el comentario si tiene alguna idea de un modelo hagamela saber. Gracias
EliminarFelicitarlo en primer lugar por el blog, es muy didáctivo e ilustrativo.
ResponderEliminarQuisiera saber que puedo hacer compre una cuota ideal de dominio en un predio rural habiendose indicado en la Escritura q era un %determinado de la cuota ideal que equivalian a 320 mt2 del lote, pero ahora que el ex dueño ha registrado los lotes dice que el % q me vendio solo equivale a 268mt2 y por eso ha vendido los 70mt2 q dice no son míos a otra persona, yo cuentocon la Escritura q detalla q el porcentaje equivale a 320 mt2 pero en registros publicos se indcribió la transferencia en porcentaje pero no se detalló metros, consultando a un abogado dice que debo de pedir la prescripcion pero yo creo que no seria eso porque yo cuento con la compra venta inscrita en registros pero el problema ahora es la diferencia de metraje entre lo que compre y lo que está declarando ahora el ex comprador.
Procede la prescripcion por el porcentaje faltante? o que acción debo consultar al abogado?.
gracias de antemano por su gentil respuesta
Consulta con un abogado especialista en derecho civil al mismo hasle las preguntas siguientes: puedo hacer un desalojo; puede pedir el cumplimiento del contrato en metros cuadrados, puedo pedir la nulidad de la venta realizada respecto de parte de mi porcentaje; puedo denunciar apropiacion ilícita.
Eliminarhola mira un tío compro un terreno en una coop. hace 34 años cuando todavía era chacra y cuando ese entonces obligaba a que vivan dichos propietarios aun no teniendo luz, agua y desagüe, mi tío lleva a vivir a mis padres y para que mis padres no se vayan del terreno les dice que eso va ser de ellos transcurrido el tiempo eso ya tiene todo los servicio ya esta poblado pero todavía no tiene titulo de propiedad , mi tio quiere votar a mis padres del lugar diciendo k el es el dueño no viviendo ni sufriendo en ese lugar
ResponderEliminarSigilosamente y sin que nadie se entere puedes hacer las siguientes acciones: ir a COFOPRI y pedir que se te declare propietario (no narres el problema), inicia un proceso de prescripción adquisitiva de dominio, has una cosntancia de posesión con el juez de paz
Eliminarhola, tengo una consulta, mi tio tiene un vehiculo que le vendieron sin papeles hace mas de 8 años, resulta que tiene la tarjeta de proiedad esa amarilla, y el en esa tarjeta figura como propietario un empresa que ya no existe, fue liquidada en SUNAT, digame que puedo hacer, mi tio no tiene ningun tipo de documento en el que conste la venta, solo tiene documentos que prueban su posesion por los 8 años, digame que puedo hacer, creo que podria aplicar la prescripcion adquisitiva de bie mueble, pero a quien demando, a la empresa liquidada o a quien, porfavor necesito su orientacion.
ResponderEliminarMuchas Gracias
Inicia el proceso de adquisisción por prescripción, a los cinco años yap uedes pedir la prescripción; ahora, demanda a la empresa y has notificarla por edictos a nadie digas que la empresa ya no existe, total con los edictos se hara notificar a todos los interesados, si nadie dice nada entonces lograras tu objetivo
EliminarDR. Gracias por su respuesta. tengo un vehiculo que tiene una incripcion de embargo del 2003. el sr. que me vendio,vive en lima y el carro esta en cusco no tengo ningun papel que acredite la compra pero el auto vw lo tengo desde el 2006. ¿puedo demandar prescripción o via notarial? le agradesco infinitamente su ayuda.
ResponderEliminarLa medida cautelar de embargo no impide que el bien se trasmita, por lo tanto Ud. puede pedir la prescripción del bien, si alguien tiene interés (por ejemplo, el titular de la medida cautelar) puede intervenir en el proceso, pero si nade dice nada no hay ningún problema
Eliminarjose felicitarle por este espacio tan ilustrativo mi padre en vida vendio unos terrenos hace 26 años estos terrenos tienen titulo de propiedad y estan inscritos en los registros publicos mi madre fallecio hace 3 meses y nosotros los hijos tomamos las riendas de todos los terrenos y nos encontramos con la sorpresa que un terreno de 1000 metros (totalmente vacio ni siquiera cercado) habia sido invadido por un besino que no presentaba pruebas alguna de posecion nosotros lo desalojamos y al dia siguiente se aparecio el supuesto dueño que era la tercera persona que habia comprado hace 26 años este señor tiene como documento una minuta simple y quiere facilmente posesionarse que debemos hacer ya que nunca vivio, por fabor espero su respuesta gracias
ResponderEliminarRealice una demanda de interdicto de retener ante un Juez, luego puede estar mas tranquilo y pensar en otros procesos
EliminarSr. Jose, mediante documento privado de COMPRA-VENTA adquirimos un lt. de terreno rústico de 1,224 m2 a un sr. que habia comprado en el año 1979 un terreno de 5,000 m2
ResponderEliminar,este sr. a su vez habia adquirido en el año 1972 10,000m2 a otro poseedor, a este último el ministerio de agricultura lo habia dado en poseción mediante RM nro. 1,104 en el año 1966. Pero aparece otro como dueño que lo habia registrado anteriormente un arera mucho mayor. tenemos documentos que esos terrenos eran eriazos. nosotros compramos el año 2008 los pagos al concejo de impuestos predial y arbitrios datan del 80 y nosotros desde 2008. ¿procede prescripción anticipada? nos demando por desalojo, pero la direccion el poseedor y el area no corresponde a nuestro lote. Su respuesta por favor
Al periodo de prescripcion del anterior poseedor se suma el periodo de prescripciòn del nuevo poseedor, consulta un abogado y pide la prescripcion con este principio que te indico
EliminarEstimado Dr., sus orientaciones veo que dan tranquilidad a quienes requerimos de su experiencia, gracias por su respuesta:
ResponderEliminarMis padres en 1987, compran un lote de 379 m2, siendo parte de un lote matriz de 1,139 m2 este ultimo actualmente inscrito en registros públicos a nombre de los vendedores, no pudiendo ser inscrito en registros públicos por esta razón entre otras observaciones hechas por el registrador cometidas por parte del notario. En el año 2000, mis padres me venden una tercera parte de dicho terreno (125m2), no puedo sanear la compra por lo antes expuesto, es mas, actualmente los vendedores inscritos se hallan por la selva complicando dicha inscripción.
La prescripción de dominio vía notarial seria la alternativa que permitiría la inscripción de mi predio, sobre la cual tengo edificada mi vivienda, pagando los servicios y estando al día con el pago de los impuestos prediales, de ser así no tendría riesgos de que los vendedores originales quieran reclamar derechos sobre mi terreno y el saldo de mis padres, gracias por su atención.
Desde la Ciudad de Lima, sigo atentamente Blog, Felicitaciones
ResponderEliminarOscar Yarleque
arteperuano@yahoo.com
Muchas gracias, por el nombre del correo parece que se relaciona con el arte, me gusta el arte, hasta luego
EliminarDoctores agradecere la respuesta. mi papá tiene un titulo ante notario, el bien aun no esta registrado, el tema esque la propiedad esta a nombre de mi papa y mama y son casados pero tambien apraece el nombre de una tercera persona como propietario que es el hermano de me papa, pero al comprar la propiedad solo pagaron mis padres y no el tio, mi tio nunca vivio en la casa, mis padres en la practica son los unicos propietarios, ellos quieren formalizar - registrar en registros publicos pero no pueden porque el monbre d emi tio aprarece tambien como propietario. mispadres pagan todos los servicios publicos. no pueden llegar a buen acuerdo con mi tio yaque este no guarda buena relacion con mis padres tampoco esta interesado en el bien porque el sabe que no aporto nada de dinero para la compra de este terreno. Ahora la pregunta es que si puedo hacer la prescipcion adquisitiva, y si este es copropietario. Gracias.
ResponderEliminarCual es el procedimiento para la Anulación de Prescripción Adquisitiva de Dominio que dictan sentencia el 19 de marzo 2014 en Tumbes
ResponderEliminarEstimado Doc. tengo un parcela de terreno dentro de un comunidad campesina inscrito en registros públicos con partida electrónica, en el año 2008 fui adjudicado en calidad de propiedad con áreas definidas a mi nombre por la comunidad en referencia, ante el notario púbico, una vez presentado a registros públicos, fui denegado la inscripción con un esquela de observación en donde refiere la existencia de 120 asientos registrales, tal es que esto copropietarios deberían dar fin a esta copropiedad para yo pudiera continuara con mi tramite de inscripción como propiedad, en la realidad esto esta muy lejos de ejecutar ya que cada mes sigue creciendo copropietarios, doc. quiero que Ud. me de las pautas correspondiente para proceder con el tramite ya que vivo en ese terreno cuento con edificaciones con luz agua y desagüé a mi nombre además soy comunero calificado.
ResponderEliminarESTOS CASOS ES UN TIPICO PROBLEMON, EN LO QUE ES TERRENOS UBICADOS DENTRO DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE LA SIERRA, TE SUJIERO BUSCA UN AMIGO QUE SEA JUEZ EN LO CIVIL, ASI TE PUEDA EFECTUAR UN ESCRITO, ELLOS TIENEN LA MEJOR ALTERNATIVA DE SOLUCION, TE SALDRA MAS ECONOMICA Y NO TENDRAS NINGUNA OBSERVACION, TE RECOMIENDO POR QUE EXISTEN UNA INFINIDAD DE ESTE CASO Y LOS SRES. ABOGADOS NO HAN LLEGADO A ENCONTRAR UN CAMINO FIRME, CUANDO HAGAS UN CONSULTA A UN ABOGADO TE ORIENTARAN EN FORMA DE INSETIDUMBRE. TE DESEO MUCHOS EXITO, EL DIA QUE LLEGUES A CONSEGUIR POR FABOR PUBLICA PARA HAYA MAS TRABAJO, PARA NUESTROS ABOGADOS.
EliminarTe recomiendo pidas al Juez de paz de tu localidad realice un acta de constatación de posesión con este documento inicia un proceso de prescripción adquisitiva de dominio
EliminarUn cordial saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
dr. la casa donde vivo esta a nombre de mi abuelo el nunca se caso con mi abuela pero tuvieron 8 hijos al fallecer este hace ya 30 años, hasta la fecha no se a iniciado una sucecion intestada ni nada tampoco no existe testamento, actualmente yo soy el unico que vela por la vida de mi abuela que ya tiene 95 años de edad y si ella fallece me preocupa mi situacion
ResponderEliminarpuedo presentar una demanda de prescripcion adquisitiva de dominio???' ya que cumplo con los requisitos de la posecion continua, pacifica y publica, muchas gracias por su respuesta y felicitaciones por el blog.
hola quisiera saber si puedo hacer la prescripcion adquisitiva con el juez de paz del lugar y donde esta ubicado mi terreno y despues dondo lo inscribo.
ResponderEliminarNo, tiene que ser un Juez especializado. También puedes preguntar a un Notario, estos funcionarios también hacen procesos de prescripción
Eliminarposesiono 35 años en un terreno tenemos certificado de posesión y mejoras del lugar como cercos de piedra 06 potreros arbolisacion puedo hacer la prescripción adquisitiva con el juez de paz del lugar donde esta ubicado mi terreno y despues que paso sigo,
ResponderEliminarBuenas dias Dr. Hace 40 años que vivimos en una casa comprada por mis padres. Hace 3 años nos enteramos que estaba registrda en la sunar a nombre de otra persona. presentamos al poder judicial el expediente con planos etc. para prescripcion adquisiva..pero hace dos meses nos entregaron un documento archivando el caso por que faltaba un documento de testigos. que debo hacer por favor? presentarlo todo de nuevo o adjuntar el documento..ahora al leer su prestigioso blog me entero que al declararse la prescripcion los hijos perdemos el derecho a heredar dicha propiedad...gracias.
ResponderEliminarGracias por informarnos sobre Prescripción, tengo una consulta hace mas de 20 años q vivimos en un AA.HH la titular fue mi madre al fallecer le sucede mi padre quien fallecio el 2007 ahora yo estoy comno posesionaria asumi las deudas tributarias desde el año 2003 hasta la actualidad a mi nombre, puedo iniciar Prescripción Adquisitiva Judicial?, de antemano gracias por su respuesta
ResponderEliminarDr. soy propietario de un local comercial, el cual esta arrendado mediante contrato a una persona hace año y medio, el contrato ya se venció y ahora voy renovar por cinco años mas, quiero saber si esa persona puede reclamar algun día como suya i predio, que debo hacer para proteger mi predio, garcías.
ResponderEliminarMIentras tengas los contratos con firmas legalizadas ante notario, no sucedera esto
EliminarEncontré un sitio que te ayuda a generar ese contrato que necesitas, de una manera muy facil y sencilla y con muy buena atencion.
ResponderEliminarSe los recomiendo www.contratosfacil.com
Ingrese a esta página, pero la obtención de algunos contratos es a través de un pago, espero en el futuro poder ofrecer contratos de manera gratuita
Eliminaruna pregunta doctor, quisiera saber si para iniciar la el proceso de prescripción adquisitiva, es necesario que yo siga algun proceso administrativo previo ya sea en cofopri o en la municipalidad...agradesco de antemano su respuesta
EliminarHola q tal felicidades me gustaría preguntar yo estoy ubicado en un terreno de 1000 metros en lima y estoy en posecion mas de 15 años pacíficamente pero han querido vender el terreno con todo inquilinos mediante una compra y venta falsa y registros le puso varias observaciones que puedo hacer ya que se observa que sale como despachado somos como 30 inquilinos y algunos tienen mas de 40 años de pose ion pacifica .
ResponderEliminarQueremos hacer una prescripción judicial pero no sabemos x donde empezar y es mas lo q queremos es que no nos sorprendan con estas compra y venta falsa que se podría hacer gracias de antemano
Te recomiendo que presentes una medida cautelar de anotación de demanda, una vez que te admitan a trámite la demanda de prescripción adquisitiva de dominio. En otras palabras, presenta la demanda pronto y emitida la resolución del juez que admite a trámite la demanda presenta la medida ca anotación de demanda a si el registrador sabrá lo que acontece. También la prescripción se hace ante el Notario sería bueno que vayas a preguntar a la notaria. También puede presentar una denuncia penal por estelionato que es cuando un tercero vende un bien de otro, esta denuncia, su cargo, presentalo en registro públicos y haste parte del procedimiento registral junto con tus compañeros, si puedes recurre a la prensa con todos estos documentos, espero te sirva, anda con cuidadno, se lo importante que es un hogar para las personas
EliminarBs Tarde doctor mi caso es el siguiente ojala me pueda ayudar:
ResponderEliminarel año de 1995 mi padre adquirió un modulo de vivienda de ENACE, atraves de un documento privado con firmas legalizadas ante NOTARIO PUBLICO, la vivienda tenia y tiene deuda, por tal razón no lo inscribimos a REGISTROS PUBLICOS, yen la actualidad en dicho registro sigue apareciendo la anterior dueña(ella lo adquirio de ENACE) desde el año 1996 nose ha pagado ninguna cuota de la deuda, es decir han pasado 17 años, el año pasado sacamos una CONSTANCIA DE POSESION DE BIEN INMUEBLE DEL MUNICIPIO la consulta es:
EXISTE PRESCRIPCION DE DEUDA, a la casa no llego ninguna notificación de cobro ni nada( y si lo hicieron donde me puedo enterar de esto).
SE PUEDE REALIZAR LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ??
o ENACE tiene alguna legislación especial al respecto??
gracias Dr x su respuesta
Buenas tardes Doctor, le presento mi caso y espero que pueda orientarme:
ResponderEliminarMi madre tiene e una carta de posesión entregada por la municipalidad de san juan de miraflores (Lima).
La casa en cuestión es del tío de mi madre, hace no mucho falleció sin testamento, llevamos como 10 años en el predio y hacíamos el pago de los arbitrios del inmueble, que viene a nombre de mi tío. Cuando murió el tío de mi madre, salió un supuesto hijo. El susodicho tiene 2 partidas y 2 DNI con diferente padre uno de ellos es el finado y el otro es del sobrino del finado.
El cual se declaro heredero universal, mi tío estuvo casado con la mama del supuesto heredero pero cuando se divorciaron firmaron el acta de divorcio declarando que en el matrimonio no hubo hijo alguno. Ya que ese hijo era engendrado por el sobrino de el y por ello el padre verdadero lo registro como su hijo sin anular la primera partida.
Ahora en registros públicos figura como propietario el supuesto heredero. El inmueble en cuestión se nos fue otorgado verbalmente por el tío de mi madre y no se logro pasar a nombre de ella porque le ataco una enfermedad que rápidamente lo consumió. Ahora no sabemos como hacer valer nuestros derechos frente a este supuesto heredero. No se si mi madre podrá acogerse a la prescripción adquisitiva, de ser así quisiera que me oriente en los pasos a seguir. o de que otra forma podemos hacerle frente a este supuesto heredero.
Hola, Gracias por su asesoramiento,
ResponderEliminarTengo una propiedad hace 12 años y no esta registrada ya que fue adquirida por una coperativa y esta ya no existe, tengo los arbitrios e impuesto predial a mi nombre desde hace y la inscripcion a sedapal desde hace 10 años y el recibo de luz a nombre de un familiar, la propiedad la he tenido alquilado por diferentes inquilinos, ahora quiero hacer el tramite de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, pero en lo leido al inicio me indica que uno de los requisitos es indicar tres testigos como minimo y yo no conozco a los vecinos ya que no he vivido ahi, que podria hacer?. Gracias por su respuesta
Buenas tardes:
ResponderEliminarMi padre tomo un area de 40 m2 que la municipalidad distrital lo ha considerado como posesion en un catastro-tributario, fuimos a Cofopri y a la Municipalidad provincial (quien dio el titulo) y dicen que no ven este tema, otros me dicen la PAD. Lo tiene ocupado 27 años, ¿necesariamente debe tener constancia de posesion? para iniciar el juicio, y el terreno en la ficha Sunarp dice propietario EL ESTADO y no ha tenido conflictos ni litigios.
La primer pregunta ¿Cual es el documento que considera posesión catastro-tributario?,este documento puede suplir esta deficiencia, por otro lado, sería bueno que recurras al Juez de paz no letrado de tu localidad y le pidas la constancia de posesión e inicies el proceso
EliminarBuenas tardes: Fue un informe de fiscalización tributaria y determinó esa area por estar fuera de la propiedad el que consideraron como posesion, el que luego aparecen en las cuponeras del autoavaluo desde el año siguiente. Detras de la casa hay cerros y pequeñas areas libres que no estan habilitados para vivienda. Por eso preguntaba si en la municipalidad se debe pedir esa constancia.
Eliminar¿los testigos pueden ser mi vecino y sus familiares, o es una persona por cada casa vecina y pueden ser como minimo 3 segun la norma?
EliminarPrimero, pide la constancia de posesión a la Municipalidad, he visto casos en que la Municipalidad otorga este documentos, ahora, la ley no estable restricción para los testigos, por lo que puedes utilizar los que me indicas.
EliminarUn cordial saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
Buenas noches, me entero que existe la ley 29618, que declara la imprescriptibilidad de terrenos de dominio privado. Pero el area de posesion tiene mas de 25 años. Procede hacer la PAD por ser antes de la ley. Si el estado nos lo quitara no podria hacer nada porque es pegado al cerro.
Eliminaruna pregunta doctor, quisiera saber si para iniciar la el proceso de prescripción adquisitiva, es necesario que yo siga algun proceso administrativo previo ya sea en cofopri o en la municipalidad...agradesco de antemano su respuesta
ResponderEliminarTe indico que el proceso judicial de prescripción tiene un tiempo de duración un tanto largo, por lo que te sugiero que intentes en la vía administrativa
EliminarHola, Gracias por su asesoramiento,
ResponderEliminarTengo una propiedad hace 12 años y no esta registrada ya que fue adquirida por una coperativa y esta ya no existe, tengo los arbitrios e impuesto predial a mi nombre desde hace y la inscripcion a sedapal desde hace 10 años y el recibo de luz a nombre de un familiar, la propiedad la he tenido alquilado por diferentes inquilinos, ahora quiero hacer el tramite de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, pero en lo leido al inicio me indica que uno de los requisitos es indicar tres testigos como minimo y yo no conozco a los vecinos ya que no he vivido ahi, que podria hacer?. Gracias por su respuesta
Sabes, te recomiendo que ante de presentar una demanda al Poder Judicial, recurras a un Notario que también realiza este trámite, el Notario te indicará los requisitos que según su experiencia necesita. Hasta luego, gracias por visitarnos, recomienda el blog
EliminarAtentamente,
José María Pacori Cari
Felicitaciones porle blog.
ResponderEliminarTengo una consulta. Mi madre tiene un terreno en un AAHH desde los inicios cuando no habia luz ni agua (hace 35 años). En la actualidad cuando quisimos regularizar los documentos nos dimos con la sorpresa que en registros publicos dicho terreno aparece a nombre de COFOPRI y su estado es Partida Bloqueda.
En este caso que se podría hacer? Indagando mas sobre el tema averiguamos que dicho terreno estaría a nombre de un tercero pero no esta inscrito en registros publicos. Podemos aplicar prescripcion adquisitiva?
Muchas gracias.
Te recomiendo actúes de prisa y con cuidado, recurre a un Juez de paz y que te dé una Constancia de Posesión, autovalúo, si presentas la demanda tendrás el problema que el el tercero se puede enterar. Te sugiero, pidas una ficha registral en registros públicos y si puedes la escanees para verlo.
EliminarAtentamente, recomienda el blog
José María Pacori Cari
Saludos José, primeramente te felicito tu blog es de mucha importancia aprendemos cada vez al leerlo. Mi caso es que estoy posesionando en un terreno de propiedad de la municipalidad desde hace mas de 10 años esta posesion nos la dio la muni de caracter temporal pero eso de temporal ya paso mas de 14 años. no podemos entrar a promuvi porque la extencion de terreno es mayor de lo permitido para ese programa era para un mini parque industrial, han pasado muchos años y siempre hemos estado en tratativas para que nos vendan luego salio la nueva ley orgánica de municipalidades que solo era subasta etc etc actualmente se han declarado imprescriptibles los bienes del estado Ley N° 29618, dada en el 2010. Entonces desde ese punto ya no podemos realizar alguna demanda de prescripción? hay antecedentes o jurisprudencia al respecto? como queda mi caso que me imagino es a nivel nacional.
ResponderEliminarte agradezco de antemano. y desearia modelo de demanda con esta nueva jurisprudencia.
Felicidades Dr. por su página, tengo una consulta hace mas de 20 años q vivimos en un AA.HH la titular fue mi madre al fallecer le sucede mi padre quien fallecio el 2007 ahora yo estoy comno posesionaria asumi las deudas tributarias desde el año 2003 hasta la actualidad a mi nombre, puedo iniciar Prescripción Adquisitiva Judicial?, de antemano gracias por su respuesta
ResponderEliminarBuenos días Doc. mi suegra vive en un terreno mas 15 años, la compro en el año 1999,, pero esa minuta no la tiene y es imposible conseguirla. La propiedad no esta inscrita en RRPP. puede realizar el trámite de prescripción adquisitiva? y tiene que tener constancia de posesión para realiza la demanda de prescripción? puede intentar pedir el titulo por cofopri?
ResponderEliminarDr. Felicitaciones por su página, para solicitarle me oriente en lo siguiente en el año 1982 mi madre compro un inmueble de 359 m2, con frente principal al Jr. Huánuco y por el fondo con un pasaje o pasadizo de 3m de salida al jr. Bolívar, según la escritura cuando tomamos posesión del bien no existía tal pasaje o pasadizo, en su lagar había 2 ambientes de material rústico, pasado los años mi madre subdividio el predio en 4 lotes los cuales entrego en anticipo a mis hermanos y al suscrito, tocándome el lote de 72.90m2, inscritos en SUNARP, hecho la rectificación de área via municipalidad tengo en realidad 104.21m2, 31.31m2 mas, área que supuestamente era del "pasaje o pasadizo", dicho lote lo recibi en anticipo en julio del 2012, a la fecha construi de material noble en los 104.21m2, Dr. que hago solicito prescripción adquisitiva o rectificación de área, notarial no puedo por cuanto tengo 5 colindantes, 2 no pueden firmar uno no tiene declaractoria de herederos, no tiene a su nombre el inmueble donde vive, el otro colindante es una asociación china de 404 socios que nunca se reunen el representante no tiene poder o facultad para firmar, el notario dice que basta uno de los colindantes no firme no procede que hago doctor que me aconseja, a quien demando judicialmente, gracias de antemano
ResponderEliminarBuenos días:
ResponderEliminarPrimero felicitarlo, he leido su página y es de tremenda ayuda. Por favor quisiera me oriente un poco al respecto. Deseo vender un pequeño terreno en un área rural (uno de 200m y otro de 300m colindantes por un vertice) que no tiene título de propiedad pero cuya propiedad es reconocida por los pobladores de la zona, este fue "herencia" de un abuelo que tampoco tenía los papeles del lugar. Lo único que tengo son algunos pagos de impuestos realizados en años 80 y 70s a nombre de mi padre. El comprador sabe de esta situación y estamos en la disyuntiva de que hacer o vendérselo con un contrato simple y que el en su momento haga los papeles de propiedad? o hacerlos yo. El precio del terreno es de 3000 soles por lo que me preocupa que los papele y tramites notariales salgan mas caros que el mismo terreno. Muchas gracias por su ayuda.
Bueno, primero quisiera saber de donde me escribes, me gusta saber que parte del Perú es ayudada por este blog, no te preocupes, a tu pregunta, si no hay problemas, te recomiendo que vendas el terreno por un contrato de compraventa, luego, vas al notario quien hara una minuta y luego una escritura pública, esta escritura pública es un documento que acredita la propiedad, en el Derecho la propiedad se transmite incluso de manera verbal, seguro te preguntarás y Registros Públicos, el trámite en esta institución es para hacer público quien es el propietario de un bien, pero no es obligatorio, ya el nuevo comprador con posterioridad podría hacer los trámites para lograr la inscripción en Registros Públicos, siendo que la escritura pública será un documento otorgado por un Notario que le otorga la seguridad necesaria. Hasta luego, espero haberte ayudado
EliminarUn saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
Buenas tardes,
ResponderEliminarMi consulta es la siguiente. Mi abuela heredó un departamento en Trujillo el cual fue construído en el segundo piso de una casa. Nunca se realizó la independización y en registros públicos no consta nada a nombre de mi abuela, figurando en la inscripción un sólo propietario de todo el bien. Ahora, los dueños del primer piso han vendido su parte de la casa y éstos ofrecen comprar la parte de mi abuela a un precio mínimo. Una persona en Trujillo ha ubicado a mi abuela y le ha ofrecido realizar la independización de manera gratuita (esto ya es bastante raro) y a la par un familiar averiguó en Registros Públicos que debíamos solicitar la prescripción adquisitiva de dominio a fin de que mi abuela sea reconocida como dueña del bien. Desde Lima qué podríamos hacer?? Mi abuela paga los predios y éstos están a su nombre ya más de 10 años.
Agradeceré su pronta respuesta.
Saludos y felicitaciones por el blog.
Karina Bocanegra
Bueno, aun sin demanda de prescripción el departamento es de tu abuela, te sugiero que averigues en registros públicos como puedes inscribir el departamento con el testamento que otorgó la propiedad, recolecta todos los documentos, si no procede inicia un proceso de adquisición por prescripción.
EliminarUn cordial saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
Buena información, gracias por darte tiempo de absolver dudas y confusiones.
ResponderEliminarMe gustaría saber dónde encontrar una demanda de Título Supletorio, me urge presentarla en el más breve plazo, muchas gracias desde ya.
Saludos.
Buenas Dr. excelente pagina de ayuda en este contexto legal. Mi caso es el siguiente: mi abuela falleció hace 12 años aprox. y dejó el terreno que ocupo inscrito a su nombre en Registros Publicos, el caso es que tiene 11 hijos pero ninguno esta interesado en hacer la Sucesion Intestada (ya sea por errores en sus documentos o por gastos económicos o porque simplemente no necesitan el terreno) el asunto es que yo quiero realizar la Prescripción Adquisitiva Notarial, pero no tengo documentos a mi nombre. Procedería la Prescripción en esta situación (mi idea es ademas evitar que ningún intruso pueda adueñarse de la propiedad de manera ilegal
ResponderEliminarexelente block legal dr.José María Pacori Cari saludos desde huacho,peru
ResponderEliminarExecelente informacion.
ResponderEliminarMi consulta es la sgte. Mi padre hace 20 años compro un departamento a su nombre y al de su hermana pero no lo elevaron a registros publicos hasta la fecha. Yo y mi padre vivimos en dicho departamento, pero no hemos pagado impuestos tributarios pero tampoco nos llega recibos de deudas o algo parecido, lo que si pagamos son los recibos de agua (Mi padre solo pago los arbitrios los primeros años en que compro el departamento). Mi tia no tiene interes alguno por e departamento.
Que es lo que me recomienda, iniciar un proceso de prescripcion adquisitiva o elevar la minuta de compra venta a registros publicos.
Por favor pronta respuesta.
Mi padre pago por una propiedad por 15 años, tenemos las boletas de pago pero no tenemos una minuta.
ResponderEliminarla propiedad no esta registrada en sunarp, y queremos registrarla.
¿Es suficiente con la prescripcion adquisitiva de dominio?
¿Puedo hacer el tramite en lima? porque la propiedad esta en provincia y yo vivo en lima.
¿Cuánto demora este en realizarse este documento?
Espero su pronta respuesta
Buenas tardes, excelentísimo blog de consulta jurídica
ResponderEliminarMi consulta es la sgte. Hace más de 10 años mis padres, hermanos y yo vivimos en un predio urbano que es rústico. En este predio vivieron hace muchos años primero, mis bisabuelos, después mis abuelos, luego mi papá y mis tios. Mi abuela falleció, mi abuelo se fue a la casa de unos familiares y mis tios decidieron vivir en otro lugar, quedando el predio abandonado por algunos años. Posteriormente, mi abuelo decide darle el predio a mi padre haciendole entrega de la llave, pero resulta que respecto a este predio no existe titulo. Mi padre cuenta con los autovaluos, recibo de luz y certificado de posesión expedido por la Municipalidad a su nombre, excepto el recibo de agua donde dice sucesión y el nombre de mi abuelo. Esto ultimo no se si es dificultad para solicitar la prescripción adquisitiva de dominio por lo mismo que aparece el termino sucesion, pero tengase en cuenta que respecto al predio no existe titulo ni testamento; sin embargo, mis tios dicen que el predio tambien les corresponde por haber vivido alli mis abuelos. Ante esta situación, ¿procede la prescripción adquisitiva de dominio?, de ser así que requisitos falarían. Si hubiera alguna sugerencia adicional, le agredeceré muchísimo su ayuda.
hola si tengo mas de veinte años, no tengo a quien demandar, desconozco el anterior propietario, tendria que presentar demanda para adquiirr por prescripcion adquisitiva, es un terreno rural,
ResponderEliminarBuenos dias. Mis padres compraron a medias hace 38 años, un terreno sobre el cual contruyeron la vivienda familiar. Por la viveza de la persona con quien compró el terreno a medias, mi padre no figura en la cooperativa que es propietaria de los terrenos. Hace 5 años se hizo la subdivisión del lote y ahora que empezó el proceso de titulación, este señor ha pedido el titulo no solo de la parte que le corresponde, sino también de la casa de mis padres. Se puede hacer una demanda de prescripción adquisitiva de dominio? Gracias por su respuesta.
ResponderEliminarBuenas tardes, muy bueno su blog.. Mi consulta es ya hace mas de 40 años habitamos una propiedad, en un inicio mi abuelo pagaba una pension mensual por el inmueble, ya por ese entonces el propietario interpuso una demanda por desalojo a mi abuelo, sin embargo mi abuelo salio victorioso de dicha demanda quedandonos en el inmueble... hace ya 3 años mi abuelo fallecio,. hasta antes de que fallesca mi abuelo no teniamos ningun problema con la casa.. pro despues de un año que fallesca mi abuelo la propietaria aparece aduciendo que venia en reclamo de la casa y queriendola vender por un determinado monto... sin embargo mi mama ya le ha hecho unos depositos a la propietaria por concepto de alquiler de algunos meses, que la propietaria reclamaba, pero no hay un contrato de alquiler de por medio . la pregunta es.. podemos interpobner demana por prescripcion adquisitiva de dominio?... ya que nosotros tenemos la posesion hace ya mas de 40 años... hay posibilidades de salir vencedores o perderiamos el juicio?... ha y no hay ningun problema en que a la propietaria ya se le ha hexo un deposito por medio de una cuenta corriente, pero como le vuelvo a decir no hay ningun contrato de arrendamiento de por medio. espero su respuesta urgente.. la necesito... gracias Dios lo bendiga
ResponderEliminarmuy buen espacio, una consulta mis padres adquirieron una propiedad en 1988 a dos coopropietarios A y B con un contrato que no se llego a inscribir de ello se aprovecho un acreedor al que llamare C el cual embargo en 1995 y se adjudico la parte de B en 1999 y se inscribio en el registro .En el 2006 al fin se logra inscribir via un otorgamiento de escritura sentenciado el año 2000 la parte que correspondia a A y desde entonces aparecen como coopropietarios en el registro mis padres y C pese a que no tienen titulo adquisitivo comun y por el contrario son antagonicos pues el vivazo de C cree que de esa forma se apropiara de la parte que era de B aun cuando siempre supo que ya B la habia vendido a mis padres antes de que cobrara su acreencia .En el el 2012 un Juez declara improcedente una demanda de prescripcion adquisitiva de mis padres sobre la parte en la cual C se hizo inscribir en el registro pues el codigo prohibe la usucapion entre coopropietarios y aqui viene lo absurdo esa demanda hubiera procedido antes del 2006 pues se tenia titulo que es mejor aun que un justo titulo y no existia la apariencia de coopropiedad posterior al 2006 , mi pregunta seria si existe forma de lograr el reconocimiento de que no existe coopropiedad dada la apariencia del registro para que proceda la demanda de usucapion o mis padres deben enajenar su parte e incribirla en el registro para que asi se elimine la apariencia registral y proceda la demanda de usucapion . por favor espero con impaciencia sus respuestas gracias
ResponderEliminarBuenas noches, solicito puedan absolver mi consulta.
ResponderEliminarUn pequeño agricultor que solo posee un documento de inspección judicial del año 1985 y que no realizó otro trámite respecto a sus derechos posesorios, se encuentra actualmente afectado por actos lesivos de una empresa privada que usando maquinarias malogró sus cultivos y que niega incluso el derecho de posesión del señor.
Que corresponde hacer? Interdicto de retener? hay que agotar alguna vía procedimental previa? carta notarial?
Infinitamente agradecida por anticipado.
Interponer un interdicto de retener, no requiere de trámite previo, también presenta una denuncia penal por el delito de apropiación ilícita
EliminarDr. en 1997 fui acreedor a un terreno de ENACE, donde he edificado mi casa y resido hasta la actualidad, a lo que siempre quisimos pagar las cuotas pero, para los terrenos no aceptaban, siendo así que luego paso al Banco de <materiales, el cual se ha disuelto, mi pregunta es sin animo a no querer pagar el terreno, se puede presentar la prescripción adquisitiva
ResponderEliminarPor supuesto que se puede hacer la demanda para regularizar el derecho de propiedad sobre el bien
EliminarBuen día: me entero que existe la ley 29618, que declara la imprescriptibilidad de terrenos de dominio privado. Pero el area de posesion tiene mas de 25 años. Procede hacer la PAD por ser antes de la ley. Si el estado nos lo quitara no podria hacer obra alguna, porque es pegado al cerro.
ResponderEliminarTu pregunta es atendible, en efecto, es un argumento legal el poder iniciar el PAD por cuanto cuando se cumplio el plazo de prescripción la ley no existía, puedes iniciar pero con cuidado, sería bueno verifique para que esta destinado el terreno invadido. Tmabién obten certificados de posesión.
EliminarEn primer lugar felicitalre por el blog, es muy explicativo al respecto mi consulta es la siguiente: tengo un familiar que su tia ya fallecida mas de 20 años no dejo ducumento alguno de herencia y la tia en mension tubo un terreno que recogio la beneficiencia publica, que lo esta disponiendo, mi pregunta es si tiene un familar como el caso del sobrino que procedimientos se debe seguir para recuperar el inmueble.
ResponderEliminara la espera de su apoyo me despido.
Manuel Medina
Puede solicitar ante notario o juez se le declare sucesor o heredero a través de una sucesión intestada, vea el artículo 828 del Código Civil
EliminarFelicitaciones por el blog: Mi problema es el siguiente: Tengo un inmueble adquirido de ENACE en la ciudad de Puno, de hace 15 años atrás, en un inicio un grupo de personas que nos hemos hecho ganador mediante sorteo público, hemos pagado la inicial en un banco de la ciudad de Arequipa (de esto tengo el baucher), luego ENACE nos dijo que llegaría un carnet para que continuemos pagando y hasta la fecha no llega dicho carnet ni la autorizaciòn para culminar de pagar, por ello hoy en dia no tenemos nuestro título de propiedad, es mas ENACE ya no existe, BANMAT no existe, mi pregunta es:
ResponderEliminar1. Puedo plantear la prescripcion adquisitiva de dominio para no pagar el monto?
2. O Puedo plantear la prescripcion adquisitiva de dominio del inmueble
3. Que otro mecanismo puedo aplicar.
Estare muy agradecido por su orientacion.
responder por favor a su seguidor habitual.
Estamos contentos por orientción en el blog. Mi proble es el sigueinte:
ResponderEliminarMi padre ha tomado en posesión en el Pedregal de la ciudad de Arequipa por mas de 17 años un inmueble que pertenece a AUTODEMA y para ponernos a derecho, hemos presentado un escrito a esta institución, con la finalidad de que nos venda dicho inmueble ya que no tiene un propietario mas que AUTODEMA, sin embargo el 2013, hemos sido comunicados que si era factible dicho trámite, pero ellos nos estaban imponiendo un precio actual, como quiera que el precio de los terrenos se ha sobre inflado en esa zona rural, nosotros hemos reconsiderado y hace poco nos han hecho saber que el precio habia bajado un poco, pero aún así no alcanzamos a pagar, ya que mensual pagariamos como mil setecientos soles por tres años, lo que se contradide con Nuestra Carta Magna que dice que tenemos derecho a tener una vivienda, bueno, cuento en la actualidad con Constancias de Posesión del Juez de Paz y del Municipio del lugar, siendo mi pregunta los siguiente:
Puedo plantear la Prescripciòn Adquisitiva de Dominio, sabiendo que el procedimiento que he realizado actualmente es solo administrativo y con el cual no estoy de acuerdo?.
Que otro planteamiento debo hacer?
Atte. Su amigo que espera recibir una orientación al respecto.
te hablo como un colega hermano, tu bloc es estupendo porque nos permite tener ilustraciones de modelos a todos los abogados recien agresados, sin embargo debes ampliara tus fronteras con las modificatorias de las leyes y codigos,doctrinas, modelos de demandas, plenos casatorios, incluso un diccionario juridicon etc..etc..etc.. ayudarias a muchos abogados para no estar pagando sumas que hoy en dia no se pueden pagar; creo que si en tu bloc pones una mensualidad de 10 nuevos soles por todos los servicios que brindes los Abogados se suscribirian mensualmente y usted doctor recibiria mas ganancias que otras empresas del rubro ganan; lo que uno tiene en el cerebro tambien es para compartirlo ; eres un hombre desprendido por sin pedir nada a cambio pones en tu bloc cosas que ayudan a todos los Abogados en general te saluda Manuel Encarnacion Toscaano
ResponderEliminarGracias por tu apreciación, estoy bastante agradecido, respecto de la ampliación de fronteras, si te das cuenta ahora último no se ha publicado mucho, esto se debe a que al próximo mes se empezará con subir modelos de demandas sustentadas en doctrina, ley y jurisprudencia. Sobre el pago mensual, la verdad no me interesa el dinero, lo que me interesa es ayudar y no sentirme solo, así que la mejor ganancia en este momento es tu comentario, que vale mucho más que miles de soles. Hasta pronto amigo, recomienda el blog
EliminarAtentamente
José María Pacori Cari
Mis padres adquirireron hace 32 años un lote en una Coop. de Viv., los dirigentes hasta la fecha no han querido iniciar tramites para titulacion y ahora que mis padres quieren vender su casa se dan cuenta que sin titulo es mas dificultoso, podrian ellos ir a COFOPRI e iniciar tramite para Prescripcion Adquisitiva de Dominio? aunque ya fui a ese lugar a preguntar si se podia iniciar tramite para obtener titulo de forma independiente y me dijeron que no porque la zona no esta formalizada pero no pregunte por Prescripcion Adquisitiva porque cuando fui no conocia este término. Fui a la SUNARP y me han dicho que la zona figura como predio rustico, que hay 2 numeros de partida electronica de todo el predio y que ni habilitacion urbana figura.
ResponderEliminarHay esperanza con Prescripcion Adquisitiva en COFOPRI o por via judicial de poder obtener en un futuro titulo de propiedad? la casa cuenta con constancia de compra-venta, recibos, autovaluos y han vivido alli 32 años, por favor agradecere mucho su gentil respuesta estoy deseperada y ya no se a quien preguntar.
Dr. Buenas Noches mi abuelo adquirio una propiedad en el año 1967 con un contrato de promesa de venta ,en el cual estipula que haciendo el pago total de la deuda tenemos la posesion,la empresa inmobiliaria estaban comprometidos en realizar la minuta y registrala en los registros publicos correspondientes, pero no se llevo a cabo porque mi abuelo fallecio en el año 1978 ,razon por la cual nadie se preocupo por la inscripcion del bien inmueble, ahora que han pasado mas de 47 años queremos regularizar la inscripcion del bien,Dr.en la copia literal de dominio figura como propiedad de la inmobiliaria que le vendio a mi abuelo ,que nos recomienda teniendo encuenta q esta inmobiliaria ya no existe,el que le consulta es el nieto ,ya realice la sucesion intestada por que mi abuelo y mi padre han fallecido, Dr. la prescripcion Adquisitiva de dominio no la puedo realizar porque no tengo ningun medio probatorio que pueda asegurar que yo vivo ahy, QUE ME RECOMIENDA UD. DR.le agradecere por su respuesta gracias.
ResponderEliminarLos medios de prueba será una constancia de posesión que realiza el juez de paz de tu localidad, también las declaraciones de tus vecinos, asi que puedes iniciar la demanda. También puedes recurrir a COFOPRI para preguntar si es posible pedir la prescripción del bien.
EliminarDr. tengo la posesion desde hace 47 años pero el terreno es baldio esta cercado.
ResponderEliminarRecurre a COFOPRI para preguntar sobre la prescripción adquisitiva, también verifica si el bien está inscrito en registros públicos, realiza una constatación de posesión con el juez de paz
EliminarDr. buen dia. gracias por su atención, mi consulta es sobre sucesión intestada: el nombre de mi abuelita (fallecida) figura con sus dos apellidos en la partida de defuncion, pero en la partida de nacimiento de sus hijos ella solo figura con el primer apellido. en la notaria nos dijeron que hay que regularizar eso. Qué trámite hay que hacer para que su segundo apellido este incluido en su nombre en la partida de cada hijo, y ante qué entidad se hace eso? o sin tener eso se puede hacer la sucesion via judicial demanda. Gracias anticipadas por su orientacion
ResponderEliminarPrimero realiza el proceso de cambio de apellidos de la persona fallecida, luego inicia el proceso de sucesión intestada
EliminarDr, buenos días, debo felicitarlo por este blog tan práctico e ilustrativo. El caso es que presenté una demanda de prescripción adquisitiva y puse como prueba una minuta de compraventa de mi terreno el cual tengo hace 10 años. Sin embargo a mis abogados les han declarado improcedente su escrito, pues el Juez dice que es incompatible presentar un contrato de compraventa; que mas bien haga valer mi derecho de acuerdo a Ley. ¿qué es lo que pasado doctor? Gracias por anticipado por su respuesta, estaré pendiente.
ResponderEliminarLo que ha pasado es que el juez entiende que la prescripción se da al poseedor no propietario, con el contrato de compraventa Ud. ha acreditado que es propietario pero que su titulo no es idóneo para increbir en registros público, por lo que Ud. deberá hacer uso de una demanda de Título Supletorio, hasta pronto
Eliminaramigo, una consulta pero si hubo contrato de minuta, el señor ya es dueño de la propiedad(hablo de tu ejemplo), y solo la prescripción adquisitiva es para los poseedores, mas no para propietarios, no se tendría que interponer una demanda por titulo supletorio, saludos amigos, solo es una consulta, saludos.
ResponderEliminarBuena observación, sin embargo, se puede adecuar esta demanda a una de titulo supletorio.
EliminarAMIGO, AGRADECERE ENVIARNOS UN MODELO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PREDIO RURAL- GRACIAS
ResponderEliminarDr. Pacori, gracias por su atencion a la pte.
ResponderEliminarvera. somos 4v hijos de matrimonio, mi madre fallece hace mas de un año, pero deja un testamento inscrito en RRPP donde hace uso de su tercio le libre disposicion y deja 2 propiedaes en aqp señalando quë es para cada uno de sus hijos. . mi padre sta vivo, y esta en posesion de 2 chacras en el campo ademas de vehiculos y animales. . una notaria vio el testamento y dijo que podiamos hacer prescripcion de la casa para los que nos tocaba, pero mi padre se a opuesto al ver el aviso en el diario y lo han anulado. . aun no se ha heccho declaratoria de herederos porque ninguno de mis hermanos quiere.hacer. y mi padre y no quiere dar la parte de mi madre, a ninguno porque dice qu e todo es de el , , se a unido con un hermano y estan en posesion de casi todo, que hago para que me entregue la parte que me corresponde de mi madre. ? ese testamento no vale ? y por favor cuales su direccion o telefono, gracias
Excelente blog Dr.
ResponderEliminarTengo una regunta:
¿ Por qué una persona propietrio de un bien inmueble acreditado como tal en registros públicos puede perder dicha propiedad y a cancelación de su inscripción registral si otra persona demanda rescripción adquisitiva de dominio'
La propiedad tiene una función social, por lo que si el de la prescripción adquisitiva obtiene una sentencia favorable, puede hacer perder la propiedad del anterior propietario, así que es importante presentar inmediatamente una demanda de reivindicación
EliminarDr. deseo saber como puedo proteger mi propiedad de una posible prescripcion adquisitiva por el que vive, es un copropietario en la casa, somos 7 copropietarios, uno de ellos vive 50 años en nuestra propiedad tengo el temor que pueda hacernos una prescripcion adquisitiva de dominiio.
ResponderEliminarDr. deseo saber como puedo proteger mi propiedad de una posible prescripcion adquisitiva por el que vive, es un copropietario en la casa, somos 7 copropietarios, uno de ellos vive 50 años en nuestra propiedad tengo el temor que pueda hacernos una prescripcion adquisitiva de dominiio.
ResponderEliminarTe recomiendo presentes de inmediato una demanda de reivindicación, es la única forma de evitar que a prescripción adquisitiva prospere
EliminarPDTE DE COMUNIDAD: ESTOY PREOCUPADO, AHCE MAS DE UN AÑO LA EPRSONA QUE INICIALMENTE TOMO POSESION DE UN LOTE EN EL CERRO, MURIO Y HASTA LA FECHA SOLO SU HERMANA, QUE YA TIENE OTRO LOTE EN EL MISMO ASENTAMEITNO, RECLAMA EL TERRENO,¿es LICITO? HAY OTRO VECINOS QUE POR PORBLEMAS DE UBICACIÒN SE HAN QUEDADO SIN TERRENO, SE PUEDE QUITAR ESTE TERRENO A LA QUE MURIÒ PROQUE HASTA LA FECHA, SU FMAILIA(ESPOSO E HIJOS9 VIVEN EN RPOVINCIA Y NO AHN DICHO NADA AL RESPECTO O SE LE SIGUE RESERVANDO EL TERRENO A LA HERMANA. SUS HIJOS DE LA FIANDA TIENE 12 AÑOS LA MAYOR Y EL PADRE YA TOIENE OTRO COMPROMISO LEJOS DE LIMA. QUE DEBEMOS AHCER????
ResponderEliminarquisiera por favor su contestacion de la demanda, necesito urgente .se los agradecere.
ResponderEliminarDR. DESEO SABER SI PUEDO REALIZAR LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA,EN EL SIGUIENTE CASO:MI ABUELA( FALLECIDA) FUE PROPIETARIA DE 500 M2 APROX INCRITA EN REGISTROS PUBLICOS,VENDIO A 5 DE SUS HIJOS MEDIANTE UN CONTRATO DE COMPRA VENTA UNA PORCIÓN ,TOCÁNDOLE A MI PAPA(FALLICIDO) 37 M2, ACTUALMENENTE NOSOTROS ESTAMOS VIVIENDO 16AÑOS EN EL TERRENO, POR EL QUE HICIMOS CONSTRUCCIONES EN TODO EL TERRENO Y ESTA EN BUENA UBICACION,A LA FECHA NO LE HICIMOS INDEPENDIZAR ,PERO PARA NO TENER PROBLEMAS POSTERIORES QUEREMOS CON LOS HERMANOS DE MI PAPA, QUEREMOS SACAR EL TITULO DE PROPIEDAD QUE MECANISMO PODEMOS REALIZAR
ResponderEliminarEstimado Dr. Pacori, agradezco de antemano su orientación, tengo posesión de un predio desde hace 12 años, he averiguado en la SUNARP que mi lote se encuentra dentro de una partida de mayor extensión y tiene como titular de la partida a COFOPRI, la consulta es puedo iniciar un PAD en el PJ en contra de COFOPRI?
ResponderEliminarMuchas gracias!
La demanda por prescripción adquisitiva de dominio también procede con propiedades del Estado? Es q tengo un modulo de Enace hace 27 años aprox. Q ha sido posecionada por tres ocupantes y el tercero soy yo..pero durante ese tiempo no hemos recibido ninguna notificación de nadie y tenemos documentos de los anteriores ocupantes como son recibo de servicios y minuta de traspaso de posición así como constancia de vivencia por el Juez de Paz concurrí a la Oficina de Banmat y me dijeron q las prescripciones contra propiedades del Estado no eran validas e iban a denunciar a Notarios..eso es cierto..mi.correo es Horpon@hotmail.con.
ResponderEliminarEstimado Dr. mi consulta es la siguiente:
ResponderEliminarSe trata de un predio urbano registrado a nombre de COFOPRI; sine embargo hace mas de 30 años vivo en dicha casa. Qué puedo hacer para registrarlo a mi nombre.
Estimado Dr. tengo una casa ubicada en zona rural esta inscrita en registros públicos a nombre del abuelo de mi padre nunca hubo sucesión ni testamento este predio paso del abuelo de mi padre a su madre bajo palabra ,de esta manera mi abuela le sucedió a mi padre y el asu vez a 4 hijos sin documento alguno realizamos el pago de tributos a nombre de la madre de mi padre como se registra en el municipio de la zona, asumiendo una contribución por mas de 30 años , ahí va mi consulta que tramite debemos realizar para cambiar el titulo a nombre de mis 4 hermanos si lo hacemos como sucesión de herederos o quizá sea mejor como prescripción adquisitiva que tramites debemos realizar ?, le agradesco mucho por su respuesta
ResponderEliminarEstimado, tengo una consulta yo estoy viviendo en la casa de mi abuelo que ya fallecio hace años y yo me fui a vivir y tengo ya 10 años yo estoy pagando los servicios basicos y los impuestos de la casa los recibos y zutovaluo aun sale a nombre de mi abuelo, yo tengo ya la aprobacion de mis tios para que la casa de mi abuelo me la quede yo, como tendria que iniciar los tramites para registrarlo en sunarp y en la minucipalidad, tengo los pagos de autovaluo, minuta de la casa ,etc.
ResponderEliminarDr. adquiri un modulo del programa de Vivienda ENACE el año 2015 de una persona que lo tiene en poseción 25 años ininterrumpidamente, pagando sus tributos en el municipio y servicios de agua y Luz a nombre del que me vendio, el cual lo adquirió al primer beneficiario que obtuvo dicho modulo de Enace..y a la fecha he concurrido a las Oficinas del Banco de Materiales a fin de regularizar sus documentos y me dijeron que no haga ninguna documentacion por que el titulo saldrá a nombre del primer beneficiario..que puedo hacer para subsanar todo esto..si procede una prescripcion adquisitiva de dominio en la Notaria..ya que me infomaron que en propiedades del Estado no procede esto, ademas en la Ficha Registral me sale que el titular del mismo es ENACE..
ResponderEliminarla verdad doctor su trabajo es extraordinario es usted muy noble y sencillo, lo mas cierto sus respuestas son claras y precisas
ResponderEliminarFelicitaciones por el blog... Mi consulta es la siguiente... Una persona me vendio un modulo de vivienda de ENACE... resulta que el registros del predio esta a nombre de ENACE... y dicha persona a desaparecido dejandome las deudas que he pagado... los recibos pagados estan a su nombre como beneficiario de ENACE... Yo vengo ocupando el predio mas de 10 años... solo tengo una minuta de compra y venta pero firmado solo por un abogado... el señor prometio volver para ir al notario pero desaparecio... mi consulta es si procede la prescripcion adquisitiva en este caso... si es asi contra quien se dirige la demanda con el señor que me vendio el predio o a nombre de ENACE que es el titular en registros publicos... o que puedo hacer???
ResponderEliminarEn primer lugar felicito a usted por tan noble labor de ayudar con la información, relacionado a los problemas de titularidad de propiedades.
ResponderEliminarMolesto su atención a fin de recibir su recomendación, par lo cual describo los hechos: En Febrero del 1974, mis padres, con escritura de compraventa notarial me venden un terreno el cual hasta el 16 de marzo de este año ocupaba, sembraba y obtenía sus frutos sin ningún problema; el 16/03/2016 coloque una alambrada de púas con estacas (Porque el colindante estaba construyendo) sin dificultades. Ahora, el día siguiente recibí una notificación policial por usurpación de una propiedad (osea mi propio terreno) de una tercera persona (nunca lo he visto ni conocido). Luego de ello y de realizar las investigaciones sale a relucir que un individuo (padre de la denunciante) en el año 2004 obtuvo el titulo PETT y con ello se ha registrado en la SUNARP. LO raro es que al solicitar la documentacion con que se registro en la SUNARP se verifica que en la solicitud no existe rubrica solo una huella digital ilegible (pense que era analfabeto, pero de acuerdo a ficha reniec si figura una rubrica), en esa misma solicitud figura el nombre de uno de los hijos pero la rubrica es muy diferente a la realidad. En la actualidad han prohibido el ingreso de nuestros trabajadores (partidario). Tambien, en Febrero 2016 los 4 hijos hacen sucesión intestada (El papa falleció en el 2005). En abril estos sucesores Donan la propiedad a dos personas y estos nuevamente lo registran en la SUNARP. COMO usted vera es una situación muy extraña y rara.... Espero usted me pueda dar luz a mi problema; ojala ustedes me puedan ayudar. Gracias
En primer lugar felicito a usted por tan noble labor de ayudar con la información, relacionado a los problemas de titularidad de propiedades.
ResponderEliminarMolesto su atención a fin de recibir su recomendación, par lo cual describo los hechos: En Febrero del 1974, mis padres, con escritura de compraventa notarial me venden un terreno el cual hasta el 16 de marzo de este año ocupaba, sembraba y obtenía sus frutos sin ningún problema; el 16/03/2016 coloque una alambrada de púas con estacas (Porque el colindante estaba construyendo) sin dificultades. Ahora, el día siguiente recibí una notificación policial por usurpación de una propiedad (osea mi propio terreno) de una tercera persona (nunca lo he visto ni conocido). Luego de ello y de realizar las investigaciones sale a relucir que un individuo (padre de la denunciante) en el año 2004 obtuvo el titulo PETT y con ello se ha registrado en la SUNARP. LO raro es que al solicitar la documentacion con que se registro en la SUNARP se verifica que en la solicitud no existe rubrica solo una huella digital ilegible (pense que era analfabeto, pero de acuerdo a ficha reniec si figura una rubrica), en esa misma solicitud figura el nombre de uno de los hijos pero la rubrica es muy diferente a la realidad. En la actualidad han prohibido el ingreso de nuestros trabajadores (partidario). Tambien, en Febrero 2016 los 4 hijos hacen sucesión intestada (El papa falleció en el 2005). En abril estos sucesores Donan la propiedad a dos personas y estos nuevamente lo registran en la SUNARP. COMO usted vera es una situación muy extraña y rara.... Espero usted me pueda dar luz a mi problema; ojala ustedes me puedan ayudar. Gracias
Dr. Buenos dias queria hacer la siguiente consulta.
ResponderEliminarTengo un hermano q en 1990 el parroco del distrito donde vive le entrego un documento para cuidar un area de 5000m2 para q no entren gente extraña e invadan en terreno, adicionalmente dice el documento que le asigna un area de 150m2 dentro de estos 5000m2 para q se instale y pueda ejercer el cuidado del lugar. Poateriormente en el 2012 el presidente de las rondas campeainas del lugar le otorgan un certificado de posicion a mi hermano por el area ocupada 150m2 y en ese momento ya eataba contruida parte de eatos 150m2.
En el 2013 el alcalde de la ciudad fue con au maquinaria pesada y derrumbo la casa por morivo q iban hacer una obra en esta area de terreno.
Pregunto.
Que acciones se puede tomar para recuperar el area ya que en la actualidad sigue libre. Agradeaco de antemano au respuesta.
Dr. Buenos dias queria hacer la siguiente consulta.
ResponderEliminarTengo un hermano q en 1990 el parroco del distrito donde vive le entrego un documento para cuidar un area de 5000m2 para q no entren gente extraña e invadan en terreno, adicionalmente dice el documento que le asigna un area de 150m2 dentro de estos 5000m2 para q se instale y pueda ejercer el cuidado del lugar. Poateriormente en el 2012 el presidente de las rondas campeainas del lugar le otorgan un certificado de posicion a mi hermano por el area ocupada 150m2 y en ese momento ya eataba contruida parte de eatos 150m2.
En el 2013 el alcalde de la ciudad fue con au maquinaria pesada y derrumbo la casa por morivo q iban hacer una obra en esta area de terreno.
Pregunto.
Que acciones se puede tomar para recuperar el area ya que en la actualidad sigue libre. Agradeaco de antemano au respuesta.
Mi Padre tiene mas de 80 años, hace mas de un año me vendio una parte de sus terreno en donde vivo con toda mi familia, ahora se han hecho presente mis tres hermanos y estan reclamando parte de los terrenos como herencia, a pesar que mi padre esta aun vivo, y tambien quieren desconocer la parte que yo compre a mi Padre, que puedo hacer en ese caso.
ResponderEliminaruna pregunta si los propietarios que figuran en registros públicos han fallecido como se notifica tienen hijos pero no han hecho la sucesion intestada
ResponderEliminarQUIERO RECUPERAR LA CHACRA DE MIS PADRE QUE PROCESO INICIO LA PERSONA QUE LA TENIA INVADIDA FALLECIO HACE DOS SEMANAS Y SU ESPOSO QUIERE VENDER LA CHACRA QUE ES DE MIS PADRES.
ResponderEliminarDr. Jose Maria Pacori.
ResponderEliminarmis cordiales saludos. muy agradecido por su respuesta que me brindara. ante mano muchas gracias.
mi hermana compro una casita en 2001 por cayma. a un posicionaría en eso entonces. las casas habían sido construido por un programa del estado. Programa ENACE,todos los que eran posicionarios de esas casitas primero tenían que cancelar esa deuda a Banmat. y recién titularse. mi hermana sabia que había esa deuda al estado. se logro a pagar esa deuda pero a destiempo imagino que entonces por eso Banmat se lo ha recojido. ahora que queremos construir la casita no podemos por que en Sunarp, Banmat es ligitimo dueño. Dr. que podemos hacer. se puede revertir? y podamos registrarlo a nuestro nombre? cuales serian los pasos a seguir. muy atento a su respuesta.
un abrazo.
Gracias!
ResponderEliminarFelicitaciones por su ayuda jurídica Dr. Pacori, lo saludamos de la localidad de Pariachi, Ate y Lima.Díos bendiga su salud y le conceeda muchos éxitos en su vida familiar y profesinal.
ResponderEliminarUNA CONSULTA TENGO UNA MINUTA DE COMPRA VENTA, LA SEÑORA QUE ME HIZO LA VENTA FALLECIO Y NO TIENE HEREDEROS A QUIEN PODRIA DEMANDAR PARA REALIZAR LA PRESCRIPCIÓN JUDICIAL, YA QUE EN EL DISTRITO Y PROVINCIA NO HAY NOTARIO.
ResponderEliminarGRACIAS POS SU APORTE DR. PACORI, SALUDOS DESDE CHANCHAMAYO JUNIN.
ResponderEliminarDR. TENDRA UN MODELO DE DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA VEHICULAR POR LA VIA JUDICICAL?
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