MODELO DE PLIEGO DE RECLAMOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE UNA MUNICIPALIDAD

ÁREA: DERECHO LABORAL PÚBLICO
En esta entrada le ofrecemos un modelo de pliego de reclamos que realiza un sindicato de servidores públicos a una Municipalidad, estos trabajadores no son obreros por lo que no están sujetos al régimen laboral del Decreto legislativo 728 sino al Decreto legislativo 276. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ENRIQUE CARI SUNCHURI)  
PLIEGO DE RECLAMOS
EJERCICIO PRESUPUESTAL 2013
I.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 28. Inciso 2 de la Constitución establece que “El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático: (…) (…) 2. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales.”;
II.- PARTES DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
a.- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SACHACA, que actúa en representación de los trabajadores de la Municipalidad de Sachaca.
b.- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SACHACA, que actúa como nuestro empleador
III.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO
Como fuentes de financiamiento se pueden establecer, sin perjuicio de otros, los siguientes: Gastos Corrientes, Recursos directamente recaudados, FONCOMUN, sin perjuicio de las fuentes que las partes negociadores indiquen.
IV.- ACUERDOS BÁSICOS Y NECESARIOS.
La Municipalidad Distrital de Sachaca como Gobierno Local conforme al principio de legalidad, se obliga a cumplir con todos los acuerdos asumidos que se deriven del presente pliego de reclamos debiendo tener a este efecto como norma que rige al presente.
V.- PRETENSIONES A NEGOCIAR
Pretensiones económicas
QUE, A PARTIR DEL 2013:
1.           Vale de víveres
SE ACUERDA: Se nos otorgue el beneficio de prestaciones alimentarias mediante la entrega de un vale de víveres para cada trabajador de nuestro sindicato ascendente a la suma de quinientos nuevos soles, de manera mensual.
2.           Incentivo por el día del trabajador municipal 
SE ACUERDA: Se nos otorgue un incentivo por el día del trabajador municipal el mismo que ascienda a la suma de doscientos nuevos soles, el mismo que se deberá de abonar el 05 de noviembre del año próximo.
3.           Incremento por costo inflacionario.
SE ACUERDA: Se nos otorgue un incremento por costo inflacionario de S/. 300.00 NUEVOS SOLES de nuestros niveles remunerativos.
Pretensiones sobre condiciones laborales.
4.           Comedor
SE ACUERDA: Implementar un ambiente de la Municipalidad para Comedor de los trabajadores, con el consiguiente entrega en concesión.
5.                 Local del sindicato.
SE ACUERDA: Implementar en coordinación con la Municipalidad la entrega de un local para el Sindicato de trabajadores de la Municipalidad.
6.                 Uniformes.
SE ACUERDA: La entrega de un uniforme oficial de identificación institucional y de un uniforme para trabajo de campo consistente en buzo con el logo de la Municipalidad
VI.- EFECTO VINCULANTE
El Acta Paritaria a celebrase sólo tiene efecto vinculante para as partes que participaron en la negociación colectiva, por lo que sólo beneficia a los miembros de nuestro Sindicato.
Pliego de Reclamos aprobado en Asamblea y suscrito por la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de Sachaca.
Arequipa, 27 de marzo de 2012.
FIRMA DE LOS REPRESENTANTES DEL SINDICATO

Comentarios

  1. interesante, ahora se como realizar mi tarea, Gracias :)

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    1. Amigo, gracias por tu comentario, si tiene alguna sugerencia hazmela llegar
      Un cordial saludo de tu buen vecino
      José María Pacori Cari

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  2. habrá un ejemplo de escrito de petición de pliego de reclamos en el sector privado porfa

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  3. SOY TRABAJADORA PERMANENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMAHUACA, CONSTITUIDOS POR UN COMITÉ SINDICAL. MI CONSULTA ES : HACE 2 AÑOS EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA NOS APROBARON UNA CANASTA FAMILIAR DE 200 SOLES, DONDE HEMOS VENIDOS RECIBIENDO DE MANERA NORMAL HASTA DICIEMBRE DEL 2018. CON EL INGRESO DE LA NUEVA GESTIÓN EN ESTE AÑO NOS NOTICARON EMITIENDO UN INFORME DEL ASESOR EXTERNO DE LA MUNICIPALIDAD ANTES MENCIONADA, DONDE DA A CONOCER LA NULIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO APROBADO POR LA GESTIÓN ANTERIOR.

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